Guías de Turismo de CyL denuncian que no pueden acceder a ayudas por el trato "discriminatorio" de la Junta

Guías de Turismo de CyL denuncian que no pueden acceder a ayudas por el trato «discriminatorio» de la Junta

La nueva Asociación de Guías Oficiales de Turismo en Castilla y León (Aguiturcyl) ha denunciado este martes el trato «discriminatorio y excluyente» que sufren por parte de la Junta los guías que no están habilitados directamente por esta administración, ya que se les niega la inscripción en el registro de empresa, «requisito indispensable para acceder a las ayudas y subvenciones».


Con el objetivo de aglutinar a los profesionales del sector de guías oficiales de turismo en la comunidad autónoma de Castilla y León, se ha creado una nueva asociación que lleva
por nombre ASOCIACIÓN DE GUÍAS OFICIALES DE TURISMO EN CASTILLA Y LEÓN.

Esta asociación surge de la necesidad de reunir a los cada vez más numerosos profesionales de nuestra comunidad que desarrollan su trabajo en las diferentes provincias, y que hasta ahora no contaban con representación frente a las instituciones de carácter local, provincial y regional.


Actualmente es la asociación mayoritaria en varias de las provincias de la comunidad, contando con representación en casi todas las provincias.

Desde la aprobación del DECRETO 5/2016, de 25 de febrero, por el que se regula el acceso y ejercicio de la actividad de guía de turismo en la Comunidad de Castilla y León y que se adapta a la normativa europea, cualquier guía habilitado por cualquier comunidad autónoma, puede ejercer su actividad en Castilla y León.

La mayor parte de los miembros de nuestra asociación, poseen la habilitación de guía oficial de turismo expedida en otra comunidad autónoma diferente a la de Castilla y León, aunque la asociación está abierta a cualquier guía habilitado que desarrolle su labor en la comunidad, sin importar donde esté habilitado.


La realidad es que cada vez hay más guías de turismo, ejerciendo en Castilla y León con el carnet de otra comunidad, siendo el principal motivo que la Junta de Castilla y León estuvo sin convocar exámenes de habilitación desde 2010 hasta 2018 a lo que hay que añadir que la mayor parte de las comunidades han optado por la habilitación directa, previa presentación de las titulaciones universitarias y de idiomas pertinentes.


El trato dado por la Junta de Castilla y León a los guías que no están habilitados directamente su administración, es discriminatorio y excluyente. Y un buen ejemplo de ello, aunque no el único, es que se nos niega la inscripción en el registro de actividad turística de Castilla y León, que se ha convertido en un requisito indispensable para acceder, entre otras cosas, a las ayudas y subvenciones, aún siendo empresas y/o autónomos que ejercen y pagan sus impuestos en Castilla y León.


Esta exclusión del registro, solamente existe en el sector de guías. El resto de sectores, ya sean hoteles, campings, bares, restaurantes,etc… no tienen ningún problema para inscribirse, pero no así los guías de turismo habilitados por otra comunidad que no sea Castilla y León.
En el caso de los guías, el único requisito para acceder a ese registro es estar habilitado por la Junta de Castilla y León. En ningún caso se pide un alta en el I.A.E, recibos de autónomos, contrato por cuenta ajena, o cualquier otra forma de justificar que se cumple con los requisitos legales para ejercer la actividad económica.

La asociación se ha reunido en 2 ocasiones con la Directora General de Turismo Dña Estrella Torrecilla y con los técnicos de la Dirección General de Turismo, para transmitirles su malestar por el trato que se viene recibiendo desde hace años y todas las cuestiones mencionadas en el presente documento, sin haber recibido ninguna solución por el momento.

Un comentario en «Trato «discriminatorio» a los guías de turismo por parte de la Junta de CyL»
  1. Es asombroso la desfachatez con la que hacen las cosas.
    No es justo.
    Todo se lo pasan por……….. el artículo 8.2 del decreto 9/2014 del 6 de marzo
    el artículo 28.1 de la ley 14/2010 del 9 de diciembre,
    el articulo 3.1 del decreto 9/2014 del 6 de marzo que regula el registro de Turismo CYL
    incluso la resolución a vuestro favor del procurador del común. Expediente 2443/2020.

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